El Sindicato de Trabajadores de la Energía de Colombia — SINTRAELECOL, con personería jurídica vigente y representación a nivel nacional, denuncia ante la opinión pública, el movimiento obrero colombiano, las autoridades del Estado y la comunidad internacional, la grave situación de represalia antisindical que vienen ejerciendo las empresas contratistas EMEC S.A.S. (de capital ruso) y LABORANDO S.A.S., con la aquiescencia de la Empresa Estatal Hidroeléctrica Urrá S.A. E.S.P., principal generadora eléctrica de la región Caribe colombiana.
Los hechos que motivaron esta denuncia son los siguientes:
1. Ejercicio legítimo del derecho de asociación sindical. El pasado 2 de mayo del presente año, en uso de las facultades legales y estatutarias contempladas en la Constitución Política de Colombia (artículos 39, 53, 55 y 93), los Convenios 87, 98 y 151 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y los artículos 353 al 466 del Código Sustantivo del Trabajo, SINTRAELECOL y un grupo de trabajadores vinculados mediante contrato laboral a la Hidroeléctrica Urrá, realizaron una asamblea general ordinaria en la que se aprobó la creación de la Subdirectiva Sindical de SINTRAELECOL Tierralta, con la conformación de su junta directiva y comisión de reclamos.
2. Represalia patronal inmediata y despido colectivo. En represalia directa contra el ejercicio de este derecho fundamental, las empresas EMEC S.A.S. y LABORANDO S.A.S. procedieron a despedir de manera colectiva a aproximadamente 19 trabajadores, acto que SINTRAELECOL califica como una auténtica masacre laboral, por tratarse de una práctica sistemática y coordinada de persecución antisindical.
3. Complicidad institucional. La Empresa Estatal Hidroeléctrica Urrá S.A. E.S.P., en su calidad de empresa pública, ha permitido y tolerado esta conducta de sus contratistas, comprometiendo la
responsabilidad del Estado colombiano ante el derecho laboral nacional e internacional.
En razón de lo anterior, SINTRAELECOL:
PRIMERO: Exige el reintegro inmediato e incondicional de los 19 trabajadores despedidos, con el pago de todos los salarios y prestaciones dejadas de percibir.
SEGUNDO: Solicita la intervención urgente del Ministerio del Trabajo, del Ministerio de Minas y Energía, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de la Defensoría del Pueblo, para que se
investigue y sancione la práctica antisindical denunciada.
TERCERO: Convoca a las centrales obreras, sindicatos y organizaciones de derechos humanos a pronunciarse en solidaridad con los trabajadores afectados y a exigir el pleno respeto de la libertad sindical y la negociación colectiva.
CUARTO: Advierte que, de no cesar la persecución antisindical, acudirá a los mecanismos nacionales e internacionales de protección, incluyendo la OIT y el sistema interamericano de derechos humanos.
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL

