{image}http://eldia.co/images/stories/personajes/cut/maltes.jpg{/image}En los mandatos del Presidente Uribe Vélez, fueron reestructuradas cerca de 500 entidades y despedidos aproximadamente 50 mil funcionarios. Es de recordar la Ley 790/02 que fusionó varios ministerios y permitió el despido de centenares de trabajadores, sin que ello haya significado reducir los gastos de funcionamiento.
Cursa en el Congreso de la República, el proyecto de Ley 53/10, Cámara; 166/10 Senado, el cual permite la creación de algunos ministerio y delega el Congreso la facultad de determinar la estructura de la administración pública y la posibilidad de crear-fusionar o suprimir entidades públicas del orden nacional en el Presidente de la República.
De aprobarse el proyecto de ley, se pasaría de 13 ministerios a 16, especializando las funciones de estos despachos, ya que en muchos casos, la mezcolanza de funciones, sumado a la negligencia de algunos de sus agentes, convirtió los mismos en inoperantes.
Sin duda alguna, necesitamos un Ministerio de Justicia, de Trabajo, de Salud, de Vivienda, de Medio Ambiente, que cumplan con los preceptos constitucionales y tengan herramientas que les permitan hacer cumplir los derechos de los ciudadanos al trabajo y la salud, etc.
Es normal que el Congreso de la República, una vez definido el número de ministerios, permita que el Ejecutivo, defina la estructura de éstos, lo cual debería hacer en conjunto con los sindicatos del área, que son quienes tienen el real conocimiento de los aciertos y deficiencias que se han presentado con la aplicación de la Ley 790/02.
Pero el Congreso va más allá y entrega parte de sus facultades al Presidente para crear, suprimir, escindir y fusionar: departamentos administrativos, establecimientos públicos, superintendencias y otras entidades del orden nacional. Así mismo, podrá el Ejecutivo Nacional determinar la planta de personal de las entidades objeto de alguna división.
Este cheque en blanco al gobierno nacional, podrá ser utilizado para despedir trabajadores, tal como ya sucedió en la DIAN donde fueron despedidos 1.300 empleados y nombrar "amigos", por la vía de las famosas "orden de prestación de servicios".
El Legislativo debería incluir un parágrafo que impidiera despedir trabajadores por el proceso en mención.
Igualmente, debería incluir un nuevo artículo que ordenara la inmediata aplicación de la Sentencia C-614/10 de la Honorable Corte Constitucional, que ordena a las entidades públicas que los cargos permanentes de las entidades deben ser cubiertos con personal de planta y no mediante la nefasta tercerización.
Esta es una oportunidad para dar ejemplo, tanto del Congreso como del Presidente Santos.